Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano GUILLERMO BONZA, de nacionalidad colombiana, natural de Gil Santander del Sur de Colombia, de profesión u oficio, comerciante, de estado civil, casado, titular de la cédula de identidad Nº E-83.622.688, hijo de Lucila Bonza, residenciado en Sabana Libre, calle principal, vía El Alto, casa s/n, Municipio Escuque, Estado Trujillo, teléfono 0414 7334519, actualmente en libertad, a cumplir las penas de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, así como, a las accesorias legales de la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta, contenidas .....