En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus CARLOS JOSE SILVA VIZCAINO a los ciudadanos MILAGROS DEL CARMEN RODRIGUEZ DE SILVA y CARLOS FIDEL SILVA RODRIGUEZ, MILAGROS VIRGINIA SILVA RODRIGUEZ y CARLOS SANTIAGO SILVA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.303.895, V-15.203.276, V-17.846.896 y V-20.536.166 respectivamente, en su carácter de Cónyuge e hijos del finado.-----------------------------------