Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra del acusado ALEXANDER DAVID RIOS MORAN, venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.067.568, hijo de José Rios y carmen Moran, residenciado en los Haticos Avenida 125 casa N° 128-48 Maracaibo estado Zulia, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Leonardo Leal Romero, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE DEL ACUSADO, no siendo necesaria la celebración de la audiencia establecida en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 1 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en con.....