HOMOLOGA el convenimiento realizado en fecha veinte (20) de abril del año dos mil nueve (2009), dándole el carácter de cosa juzgada, absteniéndose de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento definitivo de la obligación y se ordena expedir dos (02) copias cerificadas del convenimiento presentado por las partes y dos (02) copias certificadas del auto donde el Tribunal homologa el mismo.
LA JUEZ,
Abog. María del Pilar Faría Romero. Mg. Sc.
LA SECRETARIA SUPLENTE,
Abog. Fabiola Urdaneta Nava.