el Tribunal declara la EJECUCIÓN FORZOSA el referido fallo, razón por la cual se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la parte demandada Sociedad Mercantil SUMINISTROS MÉDICOS CONSOLIDADOS, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anotada bajo el Nº 46, tomo 46-A, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, y los ciudadanos DILIANA ISABEL LABARCA BOSCÁN y LUIS JUNIOR GONZÁLEZ VILORIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 7.830.303 y V- 7.976.674, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, estos últimos en su condición de fiadores solidarios, hasta cubrir la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS VEINTIÚN MIL SETENTA Y TRES CON NOVENTA Y SEÍS CÉNTIMOS (Bs. 1.721.073,96), que es el doble de la suma condenada a pagar. Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de O.....