Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
• Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos YORSE ENRIQRUE LOPEZ MANJARREZ y LINA ROSA BENCOMO PERDOMO, titulares de la cédula de identidad Nos. V-14.135.362 y V-16.535.673, respectivamente.
• Se homologan los acuerdos en relación a las Instituciones Familiares, es decir, Custodia y demás contenidos de la Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio del niño de auto.
• Se acoge lo acordado por las partes con respecto a la Comunidad de Bienes.
• Notifíquese, de la iniciación de este proceso al (el) ciudadano (a).....