Se dio por recibida diligencia constante de Acta Transaccional celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, para resolver el Tribunal observa: Revisada como ha sido la transacción presentada, por los Ciudadanos: ADELAIDA DOTH , venezolana ; mayor de edad; titular de la cedula de identidad No- 13.932.089, asistida por la Abogada XIOMARA PIRELA , mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No- 60.549, por una parte y por la otra, CELINA HOMEZ, mayor de edad Abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 27.944, apoderada judicial de la CONSULTARIA TECNICA al Ciudadano FRANCISCO HENRRIQUEZ LA CONCHA, le cancelarla a la : EX TRABAJADORA: ADELAIDA DOTH , la cantidad de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA BOLIVARES ( Bs 18.460) mediante cheque, No 40000216, girado contra el Banco OCCIDENTAL de DESCUENTO, de fecha 21 de Marzo de 20011, mas la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS S.....