DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA al penado LUIS EMIRO GONZÁLEZ venezolano, natural de Maracaibo, de mayor de edad, titular de la identidad No 8.502.121, carpintero hijo de , residenciado en el barrio Silencio, sector 19 de julio entrando por la farmacia Nueva Primavera del Municipio San Francisco, la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, todo de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 Ejusdem, imponiendo un lapso de Régimen de Prueba, de UN AÑO a partir de la presente fecha, hasta el día 24-03-05, así como las obligaciones indicadas en esta Resolución.-