quien aquí decide, no observa fundados elementos de convicción para estimar que el hoy imputado adolescente ha sido autor de los hechos punible que se le imputan, la segunda víctima lo señala a él por el hecho de que referencialmente le hacen tal referencia, pero nadie ha visto al presunto imputado como el autor de los hechos, ni de las evidencias de interés criminalístico se evidencias fundados elementos de convicción que permitan señalarlo como el autor o partícipe del hecho punible, basta con el dicho de la víctima que confrontado con el de su tío, hacen dudas en cuanto a la veracidad de su contenido, y en atención al INDUBIO PRO REO, así como también que no se evidencian fundados elementos de convicción que permitan estimar al adolescente como imputado a fin de imponerle una medida cautelar que permita el aseguramiento a las demás fases del proceso, se acuerda con lugar lo solicitado por la Defensora Pública, Penal, en el sentido de declarar la LIBERTAD PLENA DEL ADOLESCENTE y se a.....