DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JULIO ANTONIO SALAZAR GONZALEZ y MARITZA DEL VALLE FERMIN de SALAZAR, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 3.682.756 y 7.735.893, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dieciséis (16) de Junio del año mil novecientos setenta y nueve (1.979), por ante el Prefecto del Distrito Lagunillas del estado Zulia; inserta bajo el N° 92, Folio N° 189.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho MARÍA ISABEL REVEROL, inscrita en el I.....