Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal en Función de Control, de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma en los Tribunales de Control con competencia Estadal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de conformidad con la resolución N° 2012-0034, de fecha 12 de diciembre del 2012, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en el artículo 5, por lo que se ordena Remitir la causa en original bajo oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) para su distribución a los Tribunales de Control con competencia Estadal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que .....