EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO el desistimiento formulado por el profesional del derecho ERNESTO ENRIQUE RINCON TORREALBA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ya identificados, y en consecuencia,
• Se da por consumado el citado acto unilateral de autocomposición procesal.
• Deja sin efecto y, por ende, sin ningún valor jurídico, la apelación ejercida por el profesional del derecho ERNESTO ENRIQUE RINCON TORREALBA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 25 de noviembre de 2014.
Queda de esta manera Confirmado el auto recurrido.
No se hace especial pronunciamiento en costas procesales, en virtud de lo decidido.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Déje.....