DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto contentivo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentado por la ciudadana ADRIANA CAROLINA OSECHAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.034.706, en contra del ciudadano CARLOS RAMIRO OCHOA ROMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.312.845, en favor y beneficio de los niños y/o adolescentes (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente asunto.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese, regístrese