En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JOHAN JESUS RAFAEL LEON PATIÑO, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA CARUMA 101. R.L. SEGUNDO: se condena a la empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA CARUMA 101. R.L a pagar al demandante la cantidad total de CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.55.920,00) por concepto de daños y perjuicios por despido, por la terminación de la relación de trabajo indicados en la parte Motiva de la presente decisión. TERCERO: Se ordena la Notificación de las partes en virtud que el presente fallo fue publicado fuera del lapso establecido en la ley.