Se inicia la presente incidencia de ejecución, mediante diligencia que en fecha 25 de Enero de 2011, estampara la ciudadana MARIANELA FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad N° 14.922.102, asistida por la abogada JUANA JOSEFINA GONZÁLEZ, Defensora Pública Décima Segunda para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Zulia, en la cual alego: "... En virtud del incumplimiento del convenio realizado entre el progenitor de mis hijos, el ciudadano ANGEL JESÚS NAVA, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V-14.748.317, y mi persona, en cual fue Aprobado y Homologado por este Tribunal en fecha dos (2) de Octubre del año 2007, según Sentencia interlocutoria dictada bajo el N° 3, y en el cual se acordó que el mismo cubriría los gastos correspondientes a la obligación de manutención de mis hijos, por lo que se comprometió a entregarme la cantidad de Doscientos bolívares (Bs. 200,00) mensuales y siendo que el referido ciudadano no cumplió con lo convenido .....