PRIMERO: INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana BELKIS BEATRIZ GONZÁLEZ RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.116.033, debidamente asistida por el profesional del Derecho José de los Santos Marín Silva, 175.654, contra el auto dictado el dos (02) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), por el Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con ocasión al juicio que por Desalojo de Local Comercial, incoare el ciudadano Ludovic Alfonso Díaz Duarte, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.169.728, contra la ciudadana Belkis Beatriz González Ramírez, anteriormente identificada, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: NO HAY condenatoria en costas, da.....