La Juez en atención a los acuerdos previamente alcanzados por ambas partes, contenidos en la presente Acta de Mediación y los cuales son productos de la libre voluntad, consciente y de manera espontánea, tendientes a garantizar la armoniosa resolución de los conflictos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes, no siendo contrario a derecho, ni conteniendo renuncia alguna de derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sintonía con los Artículos 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el Articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Acuerdo logrado, dándole efecto de Sentencia Definitivamente Firme con Fuerza y Autoridad de Cosa Juzgada, con la mención de la no terminación del proceso hasta tanto no conste en au.....