Por  todo los  fundamentos  de  hecho y derechos antes expuesto, ESTE TRIBUNAL QUINTO  DE JUICIO CONSTITUIDO  EN FORMA  MIXTA  CON  ESCABINO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE  VENEZUELA  Y POR  AUTORIDAD DE LA LEY  CONDENA al acusado: JOSE ANTONIO MEDINA GAVIDIA, nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° 9.796.951,  soltero, profesión u oficio: Obrero, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 18-12-1.967, hijo de Fabián Antonio Medina (D) y Ana Delia Gavidia (D), residenciado en Urbanización San Francisco, conjunto residencial Ciudad el Sol, Edificio D-8, apartamento 6C, piso 6, cerca de un instituto Universitario teléfono de mi pareja 0414-6115126,  por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218  Ordinal 2°, del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del Estado Venezolano,  a .....