Este tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO, que le puedan corresponder al ciudadano JOEL ANTONIO LEON PATIÑO, antes identificado como trabajador al servicio de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT, con sede en Cabimas, para el momento del retiro del lugar de trabajo, por la causa que fuere, a los fines de garantizar los Bienes de la Comunidad Conyugal, de conformidad con el Articulo 191º del Código Civil. SEGUNDO: UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las cantidades de dinero que por concepto de SUELDO O SALARIO, BONO VACACIONAL Y UTILIDADES, que en el año económico 2007 le pueda corresponder al ya mencionado ciudadano, como trabajador al servicio de dicha Casa de Estudio, a los fines de garantizar la pensión alimentaría para la.....