REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4537
En el día de hoy veinticuatro ( 24 ) de Enero del dos mil ocho (2.008), siendo las once y diez minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL RAFAEL MARIA BARALT, ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de OBLIGACION ALIMENTARIA seguido por la ciudadana CESIVEL DEL CARMEN LOPEZ ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.006.929, en contra del ciudadano JOEL ANTONIO LEON PATIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-16.846.482. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano Sumari Diaz, titular de la cédula de identidad Nº 5.719.583, en su condición de Jefe de Recursos Humanos. En este estado presente la abogada en ejercicio Thais Oliveros, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 56848, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo preventivo decretada por el juzgado de la causa.