En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JIMMI ALEXANDER BLANCO URBINA, en contra de la empresa PRESTIGIO MOTORS, C.A.. SEGUNDO: se condena a los demandados a pagar a la demandante la cantidad: UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.1.177.284,44), en su equivalente a UN MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS DE BOLIVARES FUERTES (Bs.F.1.177,28). TERCERO: se ordena realizar una experticia contable a través de un solo experto para el cálculo de los intereses moratorios de conformidad a lo indicado en la parte motiva de la presente decisión.