DISPOSITIVO DEL FALLO
Con mérito en los argumentos antes expuestos este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR; la demanda opuesta por la ciudadana LUZ MARINA GONZÁLEZ, representada legalmente en esta contención por los abogados ROBERTO DEVIS SÁNCHEZ, HÉCTOR DANILO DUARTE y EUNICE HERNÁNDEZ AÑEZ, en contra del ciudadano HÉCTOR MANUEL LEÓN LOZANO, representado por la abogado SULEIDA MANZANERO PIÑA del mismo domicilio, por motivo de DESALOJO Y COBRO DE BOLÍVARES. En consecuencia se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble a la parte actora adquirido por comunidad conyugal con el ciudadano HERNÁN DE JESÚS URRIBARRI, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el diez y nueve (19) de enero, del .....