En base a los argumentos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la OPOSICIÓN a la medida de Embargo Preventivo presentada por el apoderado judicial de la demandada COMPAÑIA ANONIMA CERVECERIA REGIONAL (C.A. CERVECERIA REGIONAL), en consecuencia se mantiene dicha medida.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley Adjetiva, se condena en costas a la parte demandada COMPAÑIA ANONIMA CERVECERIA REGIONAL (C.A. CERVECERIA REGIONAL) por haber resultado totalmente vencida en esta incidencia.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA Y NOTIFIQUESE A LAS PARTES
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín a los veintitrés dí.....