El Juzgado Nacional de la Jurisdicción Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual este Juzgado Nacional declaró: 1) LA FALTA DE COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Olmary Rosa González Suárez, en su carácter de accionista y representante legal de la sociedad mercantil Centro Oncológico Dr. Ramón Cañizalez, C.A, contra el Registro Mercantil Segundo del estado Lara. 2.- PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA suscitado entre el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental y éste Juzgado Nacional, por ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- ORDENA REMITIR el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca del conflicto negativo de competencia.