Recibido y admitida en fecha 30-10-2015, el escrito de solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil vigente, presentada por el ciudadanos Magleny Ramona Medina y José Rafael Díaz, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Magbis Raquel Brito Rondón, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 222.040 y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, emitida la opinión favorable por parte de la Fiscalía respectiva. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil en fecha 23-11-2015, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos antes identi.....