Por todo lo antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda lo siguiente: PRIMERO: Revocar la medida cautelar contenida en el articulo 582 literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la medida cautelar de prisión preventiva para asegurar la comparecencia a la fase de Juicio Oral y Privada, contenida en el articulo 581 Ejusdem, la cual deberá cumplir en el Centro de Internamiento para Varones Los Cocos, adscritos al Instituto de Atención al Menor de este Estado. SEGUNDO: Revocar la orden de captura que pesa sobre el Joven Adulto Identidad omitidas , por este Asunto. Cúmplase.