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Decisiones del dia 23/11/2010 |
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N° Expediente :
NP01-P-2010-005758
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N° Sentencia :
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Fecha: 23/11/2010 |
Procedimiento: Sentencia Interlocutoria |
Partes: FISCAL 6° DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEFENSORA PÚBLICA SEXTA PENAL: ABG. MARISEL RONDON , Y EL ACUSADO RICHARD JOSE NOCHOLSON BOADA.- |
Resumen:
Por todo lo anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano RICHARD JOSE NOCHOLSON BOADA, titular de la cédula de identidad N° 17.054.418, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas la pena accesoria de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, es decir inhabilitación política durante el tiempo de la condena, en razón de la ADMISION DE HECHOS realizada por este, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN MENOR CANTIDAD, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.-
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Juez/Ponente:
Ylcia Perez
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Organo:
Tribunal Segundo de Control
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N° Expediente :
3927
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N° Sentencia :
P-DDO
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Fecha: 23/11/2010 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: OSCAR MANUEL PADRON VS: MUNICIPIO MATURIN |
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DE L MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en los parágrafos Primero y Segundo, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos y el principio de la comunidad de la prueba, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. -II- DE L AS DOCUMENTALES: Con relación a la promoción realizada en los parágrafos Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del escrit.....
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Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
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Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
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N° Expediente :
3930
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N° Sentencia :
P-DTE
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Fecha: 23/11/2010 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MARIA DEL VALLE BERCELO VS. MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS |
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad de las pruebas, pasa a decidir en los siguientes términos: -I- DE L MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en el Capitulo I, el mencionado abogado promueve y reproduce el mérito favorable de autos, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide. -II- DE LAS DOCUMENTALES: En cuanto a la promoción realizada en el Capitulo I, en los puntos 1.1 y 1.2 de la prueba documental, las cuales se contraen en documentos que constan en actas, este Tribu.....
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Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
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Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
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N° Expediente :
3930
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N° Sentencia :
P-DDO
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Fecha: 23/11/2010 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MARIA DEL VALLE BERCELO VS. MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS |
Resumen:
Este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos: -I - DE L MERITO DE AUTOS: En cuanto a la promoción realizada en los parágrafos Primero y Segundo, la mencionada abogada promueve y reproduce el mérito favorable de autos y el principio de la comunidad de la prueba, este Tribunal advierte que es criterio reiterado de la jurisprudencia que la solicitud de apreciación de las actas que conforman un expediente no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba y a la invocación del principio de exhaustividad previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual le corresponderá su valoración, en la oportunidad de decidir acerca del fondo del asunto debatido, así se decide.
-II- DE L AS DOCUMENTALES: Con relación a la promoción realizada en los parágrafos Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del escrito probatorio,.....
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Juez/Ponente:
Silvia Julia Espinoza Salazar
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Organo:
Juzgado Superior Quinto Agrario
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