Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 03 de Mayo de 2017, por la abogada en ejercicio YENNYS PRECILLA REYES, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la decisión de fecha 27 de abril de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia se REVOCA la decisión recurrida y se ORDENA al juez que corresponda se pronuncie sobre la admisión de la presente demanda previa verificación de los requisitos contemplados en el artículo 341 del código de procedimiento civil; todo ello en el juicio de RETRACTO LEGAL, incoado por el ciudadano ZIAD BADDOUR,.....