Por todo lo antes expuesto, que se traduce en que se declara improcedente la ejecución de la Resolución N° 1.437 de fecha 06 de diciembre de 2013, y el pago de las pensión por incapacidad, se declaró procedente el pago de Prestaciones Sociales, los Intereses Moratorios y la Indexación, por lo que resulta forzoso declarar Parcialmente Con Lugar la presente Querella Funcionarial.
VI
DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana NICOMEDES MARIA BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.422.728, contra la Alcaldía del Municipio García del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la ejecución de la Resolución N° 1.437 de fecha 06 de dicie.....