Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de fecha dieciséis (16) de septiembre del año 2008, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: Sin lugar la demanda incoada por el ciudadano ROMULO ANTONIO SANCHEZ URDANETA, en contra de la sociedad mercantil SEGUROS LOS ANDES, C.A.
TERCERO: Se revoca el fallo apelado.
CUARTO: No se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto no devengaba más.....