Por los fundamentos expuestos, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Machiques, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SIN LUGAR LA DEMANDA QUE POR RECLAMACIÓN DE PENSIONES ALIMENTARIAS, intentó la ciudadana BELKIS YBELY NAVARRO ALVARADO, C.I. V-11.662.987, en representación de las menores KISBELY VANESSA y DARIANA PAOLA OCANDO NAVARRO y en contra del ciudadano DARWIN JOSE OCANDO MONTIEL , C.I. V- 12.759.196. SEGUNDO: CON LUGAR LA OFERTA DE PENSIÓN DE ALIMENTOS REALIZARA el ciudadano DARWIN JOSE OCANDO MONTIEL, C.I. V- 12.759.196, A FAVOR de las menores KISBELY VANESSA y DARIANA PAOLA OCANDO NAVARRO representadas por su progenitora ciudadana BELKIS YBELY NAVARRO ALVARADO, C.I. V-11.662.987, acordándose y ajustándose la entrega de los aportes ofrecidos en los términos que se determinan en el texto del presente fallo. ASÍ SE.....