Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha 09/12/2016, instaurada por el ciudadano ANTONIO GREGORIO GIORNO GUILLEN, titular de la cedula de identidad No. V-11.871.304, asistido por la defensora publica abogada Ligcar Fuenmayor, inscrita en el inpreabogado No. 79.885, en contra de la ciudadana ADA JOSEFINA DEL VALLE CRESPO FARIA, titular de la cedula de identidad No. V-16.459.754, en consecuencia se declara disuelto en disuelvo el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha veinte de diciembre del 2008, por ante el Jefe Civil y secretario respectiv.....