Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la solicitud del acuerdo de la comunidad conyugal formulada por los ciudadanos MILINZENT MILIPZA MORENO FARIA y JAVIER JOSE LUQUE FARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 12.443.605 y 10.962.814, domiciliados la primera en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia y el segundo, en el Municipio Baruta del Estado Miranda.
SEGUNDO: se adjudica en propiedad a la ciudadana MILINZENT MILIPZA MORENO FARIA, previamente identificada, lo siguiente: un inmueble formado por una parcela distinguida con el Nº 29 y la vivienda sobre ella con.....