III
DISPOSITIVO
En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
a) HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por ciudadana, LIVIA JIMENEZ MAVARES, abogada en ejercicio, antes identificada, en el juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, seguido por la ciudadana LIVIA JIMENEZ MAVARES, en contra del ciudadano ELIECER EULISES SANCHEZ NAVARRO.
b) No hay condenatoria en costas en virtud de que la homologación obedece a la propia voluntad de la parte.-
PUBLIQUESE, INSERTESE.