EL FALLO
Por los fundamentos precedentemente expresados, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en la ciudad de Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
• SIN LUGAR, la apelación ejercida por los abogados en ejercicio MARIA DE JESUS BARRIOS y JESUS EDUARDO GARCIA PANTOJA, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte actora, los ciudadanos JESÚS EDUARDO GARCIA PANTOJA y AUDREY SILVA PARRA, ya identificados, contra la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 18 de junio de 2015.
Queda de esta manera confirmada la decisión apelada.
Se condena en costas procesal a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia c.....