IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INNECESARIO resolver la apelación interpuesta por la abogada ZULIMA GUILARTE, en su carácter de apoderada judicial de los terceros intervinientes, ciudadanos OMAR HUMBERTO IZZO BRAVO e INES MARIA ORELLANA DE GAMBOA en contra de la decisión dictada en fecha 19.02.2013 por el Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión emitida.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA, NOTIFIQUESE a las partes de la presente decisión en virtud de haber sido dictada fuera del lapso de ley y BÁJESE el expediente en su oportunidad.
Dada, sellada y firmada e.....