Se decretó el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano JAIRO RAFAEL GOITÍA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, en agravio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49 numeral 7 y 300 ordinal 3 ejusdem.-