Declara: PRIMERO: ABSUELVE al acusado YIMY YON PUCHE MARQUEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de estado civil Soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad SIN IDENTIFICACION, hijo de LUIS ANGEL PUCHE y ANGELA MARQUEZ, como AUTOR del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453° del Código Penal, de conformidad a lo establecido en el articulo 366º en concordancia con el articulo 108º numeral 7º del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: CULPABLE a los acusados YIMY YON PUCHE MARQUEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, de estado civil Soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad SIN IDENTIFICACION, hijo de LUIS ANGEL PUCHE y ANGELA MARQUEZ, y ROGELIO ENRIQUE CHICA GARCIA de nacionalidad Colombiana, natural de Lorica, Córdoba, de estado civil Soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad No. V- 11.095.050, hijo de JOSE LUIS CHICA y SOL MARIA GARCIA (F) y residencia.....