IV. Dispositivo.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
La falta de cualidad e interés de la accionante para sostener la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por la ciudadana BELKYS CONSUELO MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula N° V-10.155.734, domiciliada en el Barrios Las Malvinas, Sector Los Estanques, Calle 110B, N° de Casa 50-3-46, en jurisdicción de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Maracaibo del Estad Zulia, con número de teléfono con WhatsApp: 0424-6463648, y correo electrónico: Belkismarquez@gmail.com.
NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES, en virtud.....