DECISION:
Por los fundamentos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por los ciudadanos WALID AL MAAZ y WISAM MAAZ y en consecuencia, SE SUSPENDEN PROVISIONALMENTE los efectos de la decisión dictada por el CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD RAFAEL URDANETA (U.R.U.), integrada por su Rector el Doctor JESÚS ESPARZA BRACHO y su Secretario, el Ingeniero SALVADOR CONDE PRIETO, en fecha 19 de enero de 2006 y ratificadas el 16 de mayo de 2006, mediante la cual se acordó suspender por el lapso de dos (2) años a los ciudadanos WALID AL MAAZ y WISAM MAAZ, contados a partir del 13 de enero de 2006, hasta tanto sea decidida mediante sentencia definitiva la presente acción de amparo constitucional. En consecuencia, SE ORDENA a las autoridades de la Universidad Rafael Urdaneta (U.R.U.) que permitan a lo.....