DISPOSITIVO
Por los fundamentamos ut supra expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SALVADA la omisión en fallo que fue publicado en fecha treinta (30) de mayo de 2024, derivada de no haber expresado el parámetro máximo a considerarse en la fase procesal subsiguiente, con ocasión al juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue la abogada en ejercicio ANA VICTORIA ESPINOZA SOTO, en contra de la ciudadana BERTA MARGARITA GRANADILLO, ambas previamente identificadas en actas.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como parte complementaria de la sentencia dictada en fecha treinta (30) de mayo de 2024, la cual quedó anotada bajo el Nº 070-2024.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍST.....