"PRIMERO: CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la Defensa Publica Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de los ciudadanos JUAN CARLOS RODRIGUEZ COVA y YAQUELINE JOSE GUERRA BRITO, venezolanos, de este domicilio, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-13.848.471 y V-18.400.376, respectivamente, en consecuencia se le otorga a los referidos ciudadanos LA COLOCACIÓN FAMILIAR de la niña "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"