este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO y LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De igual forma se ordena notificar al Procurador General de la Republica de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la parte actora. Líbrese boleta de notificación.-
La Juez,
Abg. Marlene Rojas de Siú
La Secretaria,
En la misma fecha se libró la boleta de notificació.....