En razón a las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia y Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: firme el cobro de los honorarios profesionales a percibir por el ciudadano JESÚS JOAQUÍN CAMPOS GÓMEZ, en virtud de que la parte intimada no se acogió al derecho de la retasa, quedando firme la decisión, que declaro procedente el pago de honorarios; SEGUNDO: Se condena a la EMPRESA HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A a pagar al abogado JESÚS JOAQUÍN CAMPOS GÓMEZ, parte intimante en la presente causa, la cantidad de VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs29.700), por concepto de honorarios profesionales; TERCERO: Se acuerda la indexación monetaria de la suma acordada en el particular SEGUNDO de la presente decisión, a l.....