RESUELVE: PRIMERO: SE EJECUTAN LAS SANCIONES DE AMONESTACION y LIBERTAD ASISTIDA, contenidas en los artículos 623 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decretadas al joven decretadas al Joven Adulto sancionado: (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL JOVEN ADULTO SANCIONADO ANTES ADOLESCENTE) , de nacionalidad venezolana, de dieciséis (18) años de edad, nacido en fecha 17-03-1992, de profesión u oficio Estudiante, de estado civil soltero, natural de ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas, Estado Zulia, domiciliado en Tía Juana, Carretera "E", Jurisdicción del Municipio Autónomo Simón Bolívar del estado Zulia, quien presenta las siguientes características fisonómicas: De 1.73 cmts. de estatura, de contextura delgada, color de la piel: blanca, con múltiples pecas, color de ojos negros, cabello de color castaño claro, cejas pobladas, nariz ancha, labios finos y al adolescente sancionado (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE SANCIONADO), de nacional.....