Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda propuesta por la ciudadana CARMEN BOSCAN DE NEGRETTY , ya identificada, en contra de SONIA JANNETH VERA LUJANO, titular de la cédula de identidad No. 7.779.488 y domiciliada en el Barrio San Isidro de Santa Bárbara de Zulia; en consecuencia, CONDENA a la demandada a pagar a la primera de las nombradas la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DIEZ BOLIVARES (Bs. 1.557.010,oo), más los intereses de mora y el sexto por ciento del principal de la letra de cambio, cuyos montos serán establecidos mediante experticia que complemente este fallo, luego de queda firme la sentencia. Los intereses serán calculados conforme a lo previsto en el ordinal 2do del Artículo 457 del Código de Comercio, a partir del día.....