Del Dispositivo
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓNPOR LA PÉRDIDA DE INTERÉS PROCESAL y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO, por cuanto se ha perdido el interés en el procedimiento iniciado con ocasión a la solicitud departición y liquidación de la comunidad hereditaria por la vía amistosa, propuesta por los ciudadanos Carmen María Morán de Ávila, Elba Margarita Ávila Morán y Jairo de Jesús Ávila Morán, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números 5.830.551, 3.467.490 y 4.148.649, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistidos por la profesional del Derecho María Antonietta Vílchez Olivares, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Ab.....