DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano OSWALD HUMBERTO CALDERÓN ARGUELLO, titular de la cédula de identidad número V-15.069.459, contra la ciudadana ISAURA CAROLINA QUERO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad número V-16.168.176.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintisiete (27) de Julio del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Registro Civil de la Parroquia Jorge Hernández, Municipio Cabimas del estado Zulia, inserta bajo el N° 55, folios 109 y 110, Año: 2018.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificad.....