Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de-cujus EVALÚ VERGARA MADRIZ; quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número 3.833.760, fallecida el dieciséis (16) de febrero de 2019, en jurisdicción del Municipio Cabimas del Estado Zulia, a la ciudadana EMILIA ANTONIA MADRIZ DE VERGARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.064.398, en su condición de madre de la causante.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECLARA.
Expídanse las copias certificadas que requiera la solicitante y devuélvanse las presentes actuaciones en su forma original junto con sus resultas.....