PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Déjese copia certificada por secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en Maracaibo a los Veintitrés (23) días del mes de Mayo de 2.019. Años: 209º de la Independencia y 160º de la Federación.-
LA JUEZ SUPLENTE.-
ABOG. GRISBEL BELLIO.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. JAKELINE PALENCIA-
En la misma fecha se publicó el presente fallo siendo la Una (1:00 PM) minutos de la tarde.
LA SECRETARIA.-
ABOG. JAKELINE PALENCIA-